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INCAPACIDADES Y DIFICULTADES ¿ALGÚN DÍA SERÁN PREVISIBLES?

Las incapacidades laborales son aquéllas reducciones de la capacidad de trabajo, que se traducen en la imposibilidad del trabajador de poder llevar a cabo sus funciones laborales, sea de manera temporal o permanente. Como se sigue de la definición, la incapacidad laboral distingue varios tipos. Así, en atención a la duración, se distinguen la incapacidad temporal o baja, de la incapacidad permanente. Dentro de esta última, se distingue según el grado entre incapacidad parcial, total, absoluta o gran invalidez.

Pese a la sencillez de esa definición ¿por qué hay tanta disparidad con las incapacidades? A un servidor, con esta pregunta, le sucede como a Santo Tomás con el tiempo: si nadie me pregunta lo sé; si quiero explicarlo a quien lo pregunta, no lo sé. Esto más allá de la ironía, jurídicamente es un problema. Socialmente, un problemón.

Para muestra un botón: en la noticia comentada un señor, médico de profesión fue incapacitado por el INSS, justo al reincorporarse de la baja. En concreto, el Instituto determinó que se trataba de una incapacidad permanente total para su profesión habitual, derivada de contingencia de enfermedad común. Como es obvio, peleó para cambiar su situación. Cosa que “felizmente” pudo lograr tras dos sentencias y dos años de litigación-que es un buen tiempo, tal como están los Juzgados.

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