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Permiso de búsqueda de empleo

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Existe un gran número de jóvenes que aprovechan la oportunidad que se brinda en los estudios superiores para poder viajar a otro país y formarse en el mismo. España no es una excepción, y alberga miles de jóvenes extranjeros que cursan estudios superiores en nuestro país. Ahora bien, ¿Qué sucede cuando se acaba el visado? ¿Se puede trabajar en España con el visado de estudiante?

La respuesta es que no. Con el visado otorgado para estudiar, no se puede trabajar. La opción que se puede observar para poder permanecer en España y trabajar en un puesto acorde a los estudios que se han obtenido, es el permiso de búsqueda de empleo.

El permiso se ha de solicitar 60 días antes de la caducidad de la autorización de estancia por estudios y 90 días después. La duración del permiso será de 12 meses improrrogables, en los cuales podrán buscar un empleo adecuado en relación con el nivel de los estudios finalizados o para emprender un proyecto empresarial.

Los requisitos que se deben de cumplir para poder optar a este permiso, son los siguientes

  1. Ser titular de una tarjeta de residencia por estudios en España (o una prórroga de la misma)
  2. Haber finalizado los estudios en una Institución de educación superior.
  3. Haber obtenido, como mínimo, un nivel 6 de acuerdo al Marco Europeo de Cualificaciones. Requisito imprescindible.
  4. contar con un seguro médico que cubra la asistencia sanitaria en España durante toda su estancia en el país.
  5. Disponer de medios económicos suficientes para su sustento durante el periodo de vigencia de la autorización. Es decir, hay que acreditar la solvencia durante todo el tiempo en el que estará buscando empleo.

Una vez que se tenga toda la documentación hay que presentarla en extranjería con el formulario EX01 debidamete cumplimentado.

El plazo para resolver la solicitud es de 20 días hábiles desde la presentación de la misma en la Oficina de Extranjería de la ciudad donde reside.

Es muy importante hacer hincapié en que esta autorización no implica el reconocimiento del derecho a trabajar; solo habilita a la persona que la posee a poder permanecer regularmente en el país mientras busca un empleo acorde a sus estudios. Si se encontrase un trabajo con esas características, se, deberá comenzar con la tramitación de un permiso de residencia y trabajo.

Lo óptimo para efectuar este tipo de solicitudes de la manera más rápida y económica posible, es contar con personal especialidad y familiarizado con las tramitaciones de permisos de residencia y gestiones de índole internacional.

Desde Luis Pérez & Asociados. Abogados le asesoraremos en todas estas cuestiones. Nuestro horario habitual es de lunes a jueves de 9 a 14 y de 16 a 19 y el viernes de 9 a 14, pudiendo consultar por medios telemáticos (aconsejable en el actual estado de cosas) o pedir cita para ser atendido en presencia.

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