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Readmisión tras el despido ¿qué ocurre con las vacaciones?

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Cuando un tribunal califica un despido como improcedente o nulo puede suceder que deba readmitirse al trabajador: en el caso del despido improcedente, porque la empresa opte por reincorporarlo; en el caso del despido nulo porque la Ley impone la readmisión.

Ahora bien, en caso de readmisión ¿qué pasa con las vacaciones no disfrutadas? Nuestros abogados laboralistas de Oviedo se lo explican.

¿Por qué se debe readmitir?

Aunque hay matices (cuando hay improcedencia es una elección para la empresa y, sin embargo, cuando hay nulidad existe obligación), a grandes rasgos la readmisión se debe a la existencia de una ilicitud. Es decir, una ilegalidad.

Así, la readmisión supone una restauración de la legalidad.

¿Cómo se restaura la legalidad?

Con la íntegra restitución de derechos. En otras palabras: devolviendo al trabajador a la situación en que estaba antes del despido.

¿Qué implicaciones tiene?

Además, el tiempo de tramitación del despido como si hubiera seguido trabajando, porque la razón de no trabajar es una ilegalidad, que le es ajena. Así es, pues se considera que si el trabajador fue injustamente despedido, no debe sufrir las consecuencias, de una decisión ilegal que no es culpa suya.

Esto tiene una muy clara consecuencia: los salarios de tramitación. Es decir, se debe pagar el sueldo que se debería haber percibido de no haberse tenido que impugnar el despido. Esto está claro –en incluso lo impone la Ley- pero…

¿Qué sucede con las vacaciones?

La jurisprudencia del Tribunal Supremo: la íntegra restitución de derechos, conlleva irremediablemente reconocer el devengo de vacaciones en ese tiempo en el que, por tramitarse el despido, no desempeñó trabajo por culpa de la empresa. Y por lo tanto, el derecho a solicitar su disfrute.

Si se encuentra en esta tesitura, no dude en contactar con Luis Pérez& Asociados. Nuestro equipo de Abogados en Oviedo le asesorará y guiará en estos procesos de reclamación. Nuestro horario habitual es de lunes a jueves de 9 a 14 y de 16 a 19 y el viernes de 9 a 14, pudiendo consultar por medios telemáticos (aconsejable en el actual estado de cosas) o pedir cita previa para ser atendido en presencia.

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