abogados en Oviedo

Imagen Portada 2

¿Por qué los socios pagan por los bienes o servicios de su sociedad?

socios

Decía San Agustín de Hipona “¿Qué es, pues, el tiempo? Si nadie me lo pregunta, lo sé; pero si quiero explicárselo al que me lo pregunta, no lo sé”. Algo parecido sucede a los Abogados de Derecho Mercantil cuando tienen que responder a la pregunta, que abre esta entrada.

¿Por qué decimos eso? Porque la respuesta se asume en relación a las grandes sociedades cotizadas (Telefónica, Apple, etc.), donde un accionista no se cuestiona por qué tiene que pagar por la línea o el teléfono o por qué ejercen derecho de admisión en determinados edificios. En cambio, ante idénticas situaciones, los socios o accionistas de las llamadas “sociedades cerradas” (Sociedades Limitadas o Sociedades Anónimas, con pocos socios o accionistas y en las que apenas existe separación entre administración y capital) enfrentan la cuestión con incredulidad, a menudo expresada con las preguntas “¿Cómo no puedo coger lo que es de mi propia sociedad?” o “¿Cómo que no puedo entrar a mi propia sociedad?”, preguntas, que suelen ser origen de muchos de los conflictos mercantiles en Derecho de Sociedades.

La personalidad jurídica y sus implicaciones en la propiedad

Sin embargo, el fundamento, que da respuesta a las preguntas, es igual tanto para las grandes Sociedades Cotizadas, como para las PYME tenga forma de Sociedad Anónima o de Sociedad Limitada: la personalidad jurídica. En efecto, una Sociedad Anónima o una Sociedad Limitada son entidades con personalidad jurídica propia. Es decir, se trata de una máscara que se pone a un patrimonio, máscara de la cual resultan a los ojos de la Ley sujetos distintos y legalmente diferentes de sus socios o accionistas; que como tales sujetos independientes, pueden ser y de hecho son dueños de bienes y titulares de relaciones jurídicas (p.ej. puede ser parte en contratos y quien tendrá los derechos y obligaciones, que de ellos resulte, será la sociedad y no sus socios).

El significado de la acción y la participación

Así, pues, una acción en la SA o una participación en la SL son condición de la atribución de sus derechos (p.ej. voto, participación en los beneficios, etc.); pero nunca de la adquisición de los bienes y derechos sociales, que son -y mientras no se liquide- y seguirán siendo de la sociedad. En otras palabras, cuando uno adquiere una acción o participación, se hace con un tanto por ciento de la “máscara” de la sociedad, pero no con un % sobre sus activos.

Por esta razón el socio es un tercero respecto de todos y cada uno de los bienes, que compongan el patrimonio societario, incluidas las mercaderías. Y por ello se le podrá prohibir a los socios del uso de activos sociales, o beneficiarse a coste 0 de bienes y servicios. En otras palabras: el accionista de Apple debe pagar por los teléfonos de dicha empresa o el socio de “Restaurante SL” debe pagar la cuenta si va a comer, porque no son propietarios del teléfono, en el primer caso; o de los platos, que se le sirva, en el segundo caso.

Si precisa de asesoramiento, no dude en contactar con nuestro Despacho de abogados en Oviedo:

Teléfono: 985 216 689
Whatsapp: 662 194 474
Mail: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.

Luis Pérez Abogados - Todos los derechos reservados | Copyright ©2022

C/ Foncalada 7 - 1º G | Oviedo. Asturias - CP: 33002 ESP

C/ Serrano 208 | Madrid - CP: 28002 ESP

Telf: 985 216 689 | Email: info@luisperezabogados.com

Horario  de consultas lunes y miércoles de 9.00 a 14.00 y de 16.00 a 19.00 y viernes de 9.00 a 14.00.

Desde el 2 de Julio hasta el 7 de setiembre de 9.00 a 15.00.Tardes cerrado.

 | Diseño Web Gijón: Infofuturo
 

Política de Cookies

La página web de LUIS PÉREZ FERNÁNDEZ puede utilizar cookies propias y de terceros cuando el usuario navega por el sitio web; consisten en ficheros que recopilan las actividades de un usuario anónimo, sobre el que no se obtienen datos de carácter personal, mientras está navegando. Las cookies permiten que el servidor donde se encuentra la web reconozca el navegador web utilizado por el usuario con la finalidad de que la navegación sea más sencilla.

El usuario puede modificar la intervención de las cookies en su navegador.

¡Escríbenos! ¡Llámanos!