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Pareja de hecho y pensión de viudedad, ¿cuándo se tiene derecho a la prestación?

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Se trata de una cuestión abierta y con muchas variaciones en su respuesta, por lo que se hace preciso analizar cada caso concreto. Nuestros abogados con despacho en Oviedo, especialistas en materia de seguridad social, nos dan unas nociones generales.

Así, los requisitos para optar a la prestación se dividen en los siguientes grupos:

Sobre la persona fallecida;

  • Si se encontraba en situación de alta o asimilada al alta: acreditar 500 días cotizados dentro de los 5 años inmediatamente anteriores al fallecimiento, o bien 15 años a lo largo de toda la vida laboral.
  • Si se encontraba en situación de no alta: acreditar 15 años cotizados a lo largo de toda la vida laboral.
  • En caso de ser sujeto obligado, estar al corriente del pago de cuotas de la seguridad social.

Respecto al beneficiario;

  • Ser pareja de hecho del beneficiario a fecha de la muerte y llevar al menos 5 años de convivencia o tener hijos en común.
  • Inscripción de la pareja de hecho en algún registro oficial, al menos dos años antes del hecho causante, o constitución mediante escritura pública notarial con la misma anterioridad.
  • Ausencia de vínculo matrimonial con otra persona.
  • Que el beneficiario no tenga reconocido derecho a pensión contributiva de la Seguridad Social.
  • Presentar la solicitud en un plazo máximo de 12 meses.

Documentación a aportar;

  • Modelo de solicitud.
  • Domiciliación bancaria.
  • Documento nacional de identidad.
  • Certificado de defunción.
  • Libro de familia, si hay hijos comunes.
  • Certificación de la inscripción como pareja de hecho en alguno de los registros o escritura pública de constitución de la pareja de hecho.
  • Certificado de empadronamiento.

 En caso de ser beneficiario, la cantidad a percibir se calcular por la aplicación de un porcentaje a la base reguladora. El porcentaje aplicable con carácter general a la base reguladora para la determinación de la cuantía de la pensión de viudedad es del 52%.

No dude en contactar con nuestro Despacho de abogados en Oviedo, a través del número de teléfono 985 216 689 y en el correo electrónico Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo. donde nuestros abogados dedicados a la materia de seguridad social y prestaciones estudiaran su asunto.

Quiero obtener mi residencia española por arraigo social; ¿Qué requisitos deben cumplirse por la empresa?

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Como ya hemos explicado en otras entradas, el arraigo social es una conveniente forma de poder legalizar la situación de un extranjero en España, consiguiendo mediante este permiso, tanto la autorización para residir legalmente como la posibilidad de trabajar.

Para poder tramitarlo, es necesario que el interesado acredite la capacidad para formar un negocio y trabajar como autónomo o que tiene posibilidad de desempeñar un trabajo por cuenta ajena.

Los requisitos exigidos son para trabajar como autónomo son:

  • Un Plan de Empresa. Dentro de este plan de empresa se deberá especificar quienes serán los clientes, qué actividad se va a desarrollar, cuánto se estima generar, cuáles serán los gastos, etc.
  • También se deberá acreditar la disposición de los medios económicos necesarios para hacer la inversión y poner en marcha el negocio. La normativa como tal, no establece una cantidad mínima que se debe invertir, sino que esta cantidad dependerá del tipo de negocio que se quiera poner en marcha.
  • Además de esa inversión, hay que acreditar que se dispone de recursos económicos para vivir en España. En este caso, se exige disponer del 100 % del IPREM mensual.
  • Cumplir los requisitos que la legislación vigente exige para la apertura y funcionamiento de la actividad proyectada.
  • Poseer la cualificación profesional exigible o experiencia acreditada, suficiente en el ejercicio de la actividad profesional, así como en su caso la colegiación cuando así se requiera.

En cambio, si se opta por trabajar por cuenta ajena, además de acreditar de forma fehaciente que la empresa contratante está al corriente con los pagos a la Seguridad Social y posee la capacidad económica necesaria para poder contratar, también debe cumplir, en cuanto al contrato se refiere, los siguientes requisitos:

  • Ha de ser un contrato de trabajo firmado por el trabajador y empleador, que garantice al menos el salario mínimo interprofesional o el salario establecido, en su caso, en el convenio colectivo aplicable.

En el sector agrario, se podrán presentar dos o más contratos con distintos empleadores y concatenados cada uno de ellos.

También se admite la presentación de varios contratos en una misma o distinta ocupación, trabajando parcialmente y de manera simultánea para más de un empleador.

En conclusión, si precisa el asesoramiento no dude en contactar con nuestro Despacho de abogados en Oviedo:

Teléfono: 985 216 689
Whatsapp: 662 194 474
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Readmisión tras el despido ¿qué ocurre con las vacaciones?

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Cuando un tribunal califica un despido como improcedente o nulo puede suceder que deba readmitirse al trabajador: en el caso del despido improcedente, porque la empresa opte por reincorporarlo; en el caso del despido nulo porque la Ley impone la readmisión.

Ahora bien, en caso de readmisión ¿qué pasa con las vacaciones no disfrutadas? Nuestros abogados laboralistas de Oviedo se lo explican.

¿Por qué se debe readmitir?

Aunque hay matices (cuando hay improcedencia es una elección para la empresa y, sin embargo, cuando hay nulidad existe obligación), a grandes rasgos la readmisión se debe a la existencia de una ilicitud. Es decir, una ilegalidad.

Así, la readmisión supone una restauración de la legalidad.

¿Cómo se restaura la legalidad?

Con la íntegra restitución de derechos. En otras palabras: devolviendo al trabajador a la situación en que estaba antes del despido.

¿Qué implicaciones tiene?

Además, el tiempo de tramitación del despido como si hubiera seguido trabajando, porque la razón de no trabajar es una ilegalidad, que le es ajena. Así es, pues se considera que si el trabajador fue injustamente despedido, no debe sufrir las consecuencias, de una decisión ilegal que no es culpa suya.

Esto tiene una muy clara consecuencia: los salarios de tramitación. Es decir, se debe pagar el sueldo que se debería haber percibido de no haberse tenido que impugnar el despido. Esto está claro –en incluso lo impone la Ley- pero…

¿Qué sucede con las vacaciones?

La jurisprudencia del Tribunal Supremo: la íntegra restitución de derechos, conlleva irremediablemente reconocer el devengo de vacaciones en ese tiempo en el que, por tramitarse el despido, no desempeñó trabajo por culpa de la empresa. Y por lo tanto, el derecho a solicitar su disfrute.

Si se encuentra en esta tesitura, no dude en contactar con Luis Pérez& Asociados. Nuestro equipo de Abogados en Oviedo le asesorará y guiará en estos procesos de reclamación. Nuestro horario habitual es de lunes a jueves de 9 a 14 y de 16 a 19 y el viernes de 9 a 14, pudiendo consultar por medios telemáticos (aconsejable en el actual estado de cosas) o pedir cita previa para ser atendido en presencia.

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Apertura de testamento y constitución de legados ¿Cómo se debe proceder?

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En las disposiciones mortis casusa, los testadores puede repartir sus bienes mediante legado. Se trata de una forma de suceder a título particular, es decir, sobre un bien o parte de la herencia en concreto. Los más comunes son los legados de tercios de la herencia, los de la legítima estricta o los inmobiliarios.

A diferencia de los herederos, el legado y el legatario (persona beneficiaria) deben constar expresamente en el testamento.

Así pues, dentro de las herencias, una consulta recurrente, viene dada sobre la interpretación de los testamentos y la adjudicación de los legados; es importante un asesoramiento experto, pues deberemos partir diferenciado esta figura de la del heredero. Así, nuestros abogados expertos en derecho de sucesiones con despacho en Oviedo responden a las cuestiones más importantes en esta materia:

Ser nombrado legatario se diferencia principalmente de la condición de heredero por el grado de asunción de obligaciones. El legatario sucede a título particular (sobre lo concreto) y el heredero de manera universal (sobre el activo y el pasivo). Por ello, la principal diferencia es que el heredero responde de las deudas, frente al legatario que no debe hacerse cargo del pasivo. Eso sí, para el legado de parte alícuota o de legítima estricta se tendrá en cuenta el pasivo para su cálculo.

Además, el legado puede recaer sobre un bien concreto (pensemos por ejemplo, en una cuenta bancaria o en un inmueble) o, sobre parte de la masa hereditario. Es importante mencionar que, para el caso de que el bien legado en testamento no exista a fecha de fallecimiento, implicará la extinción de legado por su inexistencia.

Dicho lo anterior, para adquirir el legado se deben, en el plazo de 6 meses desde la defunción, liquidar los impuestos de sucesiones y plusvalía municipal (este último solo si se trata de un bien inmueble) y a continuación se acudirá a Notaría para la aceptación y adjudicación.

Si no existiera acuerdo entre los herederos y legatarios, se acudiría a un procedimiento de división judicial de herencia o un ordinario ejercitando la acción reivindicatoria. Es interesante intentar agotar una negoción y utilizar los métodos alternativos de resolución de conflictos, pues judicializar estos asuntos implican elevados costes.

En nuestro Despacho de abogados en Oviedo le asesoraremos en esta tipología de procedimientos, para asegurar la defensa de sus intereses. Nuestro horario habitual es de lunes a jueves de 9 a 14 y de 16 a 19 y el viernes de 9 a 14, pudiendo consultar por medios telemáticos o pedir cita para ser atendido en presencia.

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Gestionar una baja laboral: conceptos clave para los trabajadores

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Como es sabido baja médica se produce cuando una persona trabajadora padece una dolencia o enfermedad, de modo que por un tiempo, se ve impedido de trabajar.

En función de lo que pueda durar una baja nuestro sistema distingue cuatro tipos de situaciones. Tomando como referencia el año se distinguen bajas muy cortas, cortas, medias y de larga duración.

¿Qué es una baja muy corta?

Es la baja médica que dura menos de cinco días.

Su tramitación es sencilla: se faculta al propio médico para emitir en unidad de acto parte de baja y alta.

¿Qué es una baja corta? ¿Cuándo hay una baja media y una de larga duración?

Baja corta es la dura entre cinco y treinta días.

Existe baja de media duración cuando el proceso de curación dure entre treinta y uno y sesenta días y larga será la que tenga más de sesenta días.

Un rasgo común a todas ellas es que se emitirán partes de confirmación.

¿Qué debe hacer el trabajador?

El trabajador recibirá los partes médicos de baja, confirmación y en su caso alta. Siempre recibirá dos copias del parte: una para él, conteniendo toda la información y otra con destino a la empresa, que omite los datos diagnósticos.

Una vez recibidos, el trabajador tiene la obligación de entregar a la empresa los partes, en los siguientes plazos:

  1. Los partes de baja y confirmación se deben entregar en los tres días siguientes a su expedición.
  2. El parte médico de alta con destino a la empresa, será entregado por el trabajador a la misma en las 24 horas siguientes al alta.
¿Quién controla las bajas?

Depende del caso y la duración:

  1. Si es antes del año y por contingencia común, se encarga el Servicio Público de Salud (en Asturias el SESPA).
  2. Si es antes del año y por contingencia profesional, se encarga la mutua.
  3. Si es una baja de larga duración y pasó el año, el control lo llevará el Instituto Nacional de Seguridad Social (INSS).

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